Rafael Palomino: «Con un menor control estatal de la religión hay menos conflicto social»
Este catedrático aboga por llevar la libertad religiosa al «campo social del fomento del respeto mutuo», abandonando el del «enfrentamiento»
—¿Por qué piensa que va a haber episodios relacionados con la libertad religiosa cada seis meses? Sostuvo esta tesis durante su participación en un desayuno informativo sobre esta cuestión organizado por la Conferencia Episcopal Española.
—Quizá lo de menos sea la periodicidad concreta. ¿Seis meses?, ¿tres meses? Lo cierto es que los episodios en los que aparece comprometida la religión van a resultar cada vez más frecuentes. Los motivos de esa mayor frecuencia son dos, fundamentalmente. El primero consiste en que la diversidad religiosa de la sociedad española es ya una realidad, no una aspiración enarbolada por la extrema izquierda para debilitar a la religión mayoritaria —«España ha dejado de ser católica», dijo Azaña; y aquí sigue la Iglesia católica—, ni tampoco una amenaza esgrimida por la extrema derecha —«ojo, que viene el califato europeo»—. El segundo motivo es que la polarización, en ambos extremos, toma ocasión del factor religioso para acentuar el carácter conflictivo de sus posturas y reclamaciones.
—¿Cómo explica que una regulación menor de la libertad religiosa provoque un descenso de los problemas en este ámbito?
—No lo sugiero yo, es la conclusión a la que han llegado los especialistas Brian Grim y Roger Finke en dos estudios publicados en 2011 y 2019. En ellos, explican que donde hay más libertad religiosa y menos control estatal de la religión hay menos conflicto social y mejor desarrollo económico. Es normal: la práctica de las creencias, sin cargas burocráticas, sin intervenciones del Estado, deja el espacio social abierto a la pacífica pluralidad.
—En el encuentro de la CEE habló de suprimir o modificar el delito de ofensas a los sentimientos religiosos. ¿Por qué? ¿Esto no podría provocar un aumento de los ataques?
—Lo que intenté transmitir es que, tal como se encuentra tipificado el delito de escarnio en el artículo 522 del Código Penal, es inoperativo. Lo está siendo en la práctica. O se establece otra redacción que elimine ese «para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa» o no sirve. El dolo específico —«para ofender»— puede ser negado por el autor del escarnio y además «los sentimientos religiosos de los miembros» es un parámetro variable dependiendo de qué contexto y qué miembros. ¿Esto podría provocar un aumento de los ataques? No necesariamente. Para empezar, la supresión del delito quitaría una cierta dosis de morbo al afán transgresor de quienes gustan de jugar con los límites en la música, el arte escénico, etcétera. Y permitiría llevar la cuestión al campo social del fomento del respeto mutuo, abandonando el del enfrentamiento con un Código Penal de por medio.
Además de catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado de la Universidad Complutense de Madrid, Palomino es miembro extraordinario del Consorcio Latinoamericano de Libertad Religiosa, del Consorcio Internacional de Estudios sobre Derecho y Religión y del Comité Honorífico de la Asociación Internacional para la Defensa de la Libertad Religiosa. Entre otras obras, es autor de Religión y derecho comparado, por la que recibió el Premio Arturo Carlo Jemolo (2008).
—Se trata de un delito en el que casi no hay condenas, a pesar de que sí hay denuncias. ¿Dónde está el problema?
—En la intención del presunto delincuente. El derecho penal no está para condenar a todo el que abre la boca, sino a quien con la mayor certeza probada observa una conducta que se ajusta a lo que el Código Penal describe; a veces con acierto y otras veces de forma mejorable.
—¿Que no haya condenas sugiere primacía de la libertad de expresión frente a la libertad religiosa? ¿Se pueden compaginar ambos derechos? ¿Entran en colisión?
—No lo veo así. En el caso del delito de escarnio, los jueces no están ponderando la libertad religiosa y la libertad de expresión, simplemente aplican la ley penal en sus términos. Es más arriba —ante el Tribunal Constitucional o ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos— donde se han planteado si la religión debe ceder ante la libertad de expresión. Y la conclusión no es siempre sí ni siempre no. Un ejemplo: el Tribunal Constitucional considera que la libertad de expresión no justifica en modo alguno interrumpir una Misa para manifestar disconformidad respecto de la postura de la Iglesia católica sobre el aborto. Por su parte, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sostiene que emplear imágenes que recuerdan a Jesús y María en una campaña de moda en Lituania está protegido por la libertad de expresión.
—¿El populismo es el enemigo a batir si hablamos de libertad religiosa?
—En general, me parece que no hay enemigos a batir en ninguno sitio. No vale la lógica del antagonismo en esta materia. Dos libros, uno de Thomas C. Berg, cristiano, y el otro de Asma T. Uddin, musulmana, publicados en Estados Unidos, país en el que la polarización ha ido en aumento, apuestan por aumentar el diálogo con los sectores populistas para detectar los problemas reales sobre los que se apoya su disconformidad y, al mismo tiempo, fortalecer la libertad religiosa; que, para ser realmente libertad, es igual para todos, sea cual fuere su religión.